Alerta Legal: Modificación a la Ley de Compras Públicas y Tutela de Derechos Fundamentales (Ley N° 21.634)

Publicada 12 de diciembre de 2023

 

Autor: Cristián Vásquez – Alvarez Abogados

El 12 de diciembre de 2023 se publicó la Ley N° 21.634, que moderniza la Ley N° 19.886 sobre Compras Públicas y otras normas, con el objetivo de mejorar la calidad del gasto público, elevar los estándares de probidad y transparencia, e incorporar principios de economía circular en los procesos de contratación estatal.

Entrada en vigencia

La ley contempla tres momentos de entrada en vigencia:

  1. Las normas sobre probidad y transparencia entraron en vigor con su publicación.
  2. Las disposiciones sobre Contratos para la Innovación, Diálogos Competitivos, Subasta Inversa y Economía Circular regirán 18 meses después de la publicación, es decir, el 12 de junio de 2025, una vez dictados los reglamentos respectivos.
  3. Las restantes normas comenzaron a regir el 12 de diciembre de 2024, al cumplirse un año desde la publicación.

Eje de Probidad y Transparencia

La nueva normativa introduce un robusto sistema de control y prevención de conflictos de interés:

  • Todo funcionario que participe en licitaciones deberá registrarse en el Portal de Mercado Público.
  • Se prohíben contrataciones con funcionarios o familiares hasta el segundo grado de parentesco.
  • Se establece el deber de abstención y la suscripción de declaraciones de ausencia de conflicto de interés y confidencialidad.
  • Los funcionarios deberán presentar declaraciones de intereses y patrimonio cada seis meses, conforme a la Ley N° 20.880.
  • Se amplían las inhabilidades post-empleo: las autoridades y funcionarios involucrados no podrán contratar con el Estado durante un año posterior al cese de sus funciones.

Asimismo, se declara la nulidad de pleno derecho de los contratos celebrados con infracción a estas normas, sin perjuicio de las sanciones civiles, administrativas o penales que correspondan.

Tutela de Derechos Fundamentales y Prácticas Antisindicales

Se introducen cambios relevantes en el artículo 4° de la Ley N° 19.886, que prohíbe contratar con el Estado a empresas condenadas por vulnerar derechos fundamentales o incurrir en prácticas antisindicales.

A partir del 12 de diciembre de 2024:

  • Los Tribunales Laborales podrán moderar la aplicación y duración de la sanción de inhabilidad para contratar con el Estado, considerando factores como la gravedad de la infracción, su reiteración y el interés público afectado.
  • Se permitirá extender la inhabilidad a empresas que integren una unidad económica laboral.
  • El Tribunal podrá no aplicar la sanción cuando existan graves consecuencias sociales o económicas para la comunidad o el Estado.

Fomento a las MIPYMES

La Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP) deberá promover activamente la participación de empresas de menor tamaño, incluyendo proveedores locales y empresas lideradas por mujeres, en los procesos de compras públicas.

Además:

  • Se incorporan cláusulas de adjudicación por zonas geográficas.
  • Se consagra legalmente la Compra Ágil (bienes y servicios hasta 100 UTM), exclusiva para MIPYMES.
  • Se prohíben criterios de evaluación que impliquen discriminación arbitraria contra este tipo de empresas.

Nuevas figuras y principios

Se incorporan los siguientes mecanismos de contratación:

  • Contratos para la Innovación, orientados a la adquisición de bienes o servicios no disponibles en el mercado.
  • Diálogo Competitivo de Innovación, para definir soluciones a necesidades públicas complejas.
  • Subasta Inversa Electrónica, aplicable a productos estandarizados no disponibles en Convenios Marco.

Asimismo, se crean:

  • El Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado,
  • El Comité de Innovación y Sustentabilidad, integrado por varios ministerios, y
  • Se introducen principios de economía circular y sostenibilidad, obligando al manejo responsable de residuos y reutilización de bienes públicos.

 

Para más información o asesoría sobre la implementación de la Ley 21.634, contáctese con nuestro equipo de Alvarez Abogados.